LETRA PEQUEÑA de en la que RECOMIENDA
A todo visitante de ésta página Web que, si considera que, el contenido de la misma en conceptos relacionados con la Seguridad Ciudadana y la Seguridad Privada, pueden atentar contra: La Constitución Española o en su defecto el Ordenamiento Jurídico Español o sus normas de desarrollo. Podrá proceder por medio de denuncia en cualquier Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía, Cuartel de la Guardia Civil o Comisaría de Policía Autonómica contra el:
responsable , la empresa y en su defecto contra las Web que constan al final de la presente.
Además si, el funcionario policial que le atiende, NO conoce a dónde debe dirigir la denuncia, indíquele los siguientes datos:
Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil / Comisaría General de Seguridad Ciudadana / Unidad Central de Seguridad Privada
División de Empresas de Seguridad Privada
o en su defecto
División de Personal de Seguridad Privada
todo ello, en relación con el artículo 34 de la Ley 23/1992 de Seguridad Privada (hasta el 04/06/2014 ).
Y a todos los efectos legales, por lo relacionado en el artículo 53.4 de la Ley 5/2014 de Seguridad Privada (desde el 05/06/2014 según consta en la Disposición Final CUARTA , publicada en el BOE n. 83 del S-05/04/2014 página 28975).
viernes, 18 de septiembre del 2009
 
otros enlaces relacionados:
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